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PRONUNCIAMIENTO PARA QUE SE DETENGAN LAS INVASIONES DE MINEROS ILEGALES EN LA CUENCA DEL RÍO CAURA, VENEZUELA

13/11/2006

Fonte: The Association for Tropical Biology and Conservation



CONSIDERANDO que la Cuenca del río Caura constituye una de las áreas boscosas más ricas e importantes del planeta por su megadiversidad biológica, su diversidad cultural, su alta producción hídrica, hermosos paisajes naturales y otros servicios ambientales prestados a la humanidad.

CONSIDERANDO que la Cuenca del Caura es una de las últimas cuencas en gran parte prístinas del mundo tropical, con 5 millones de hectáreas, lo cual le confiere un altísimo valor como laboratorio natural.

CONSIDERANDO que la Cuenca del Caura por su cobertura boscosa y estado prístino presta servicios ambientales contra el calentamiento global al producir 1,4 billones de toneladas estimados de biomasa equivalentes a más de 700 millones de toneladas de carbono. Su deforestación emitiría enormes cantidades de carbono que acelerarían el proceso de cambio climático global, aspecto fundamental en el marco de las negociaciones del protocolo de Kyoto.

CONSIDERANDO que la Cuenca del Caura tiene bellezas escénicas incomparables.

CONSIDERANDO que la Cuenca del Caura posee más de 2.600 especies de plantas vasculares y sostienen el 17% de la diversidad vegetal de Venezuela y el 28% de la diversidad vegetal de Guayana y que, de las plantas endémicas registradas para la Guayana, el Caura posee 88,3%.

CONSIDERANDO que el Caura posee comunidades de animales terrestres muy diversas incluyendo 168 especies de mamíferos, 475 especies de aves, 34 especies de anfibios y 53 especies de reptiles que colectivamente contienen una tercera de las especies animales registradas en Venezuela y más de mitad de las especies de la Guayana Venezolana.

CONSIDERANDO que las comunidades acuáticas de la cuenca del Río Caura son también extraordinariamente diversas con 441 especies de peces que han sido registrados hasta ahora. De éstos, 13 son especies endémicas de Venezuela y 251 están restringidas a la Guayana venezolana y 35 en peligro de extinción. Han sido registrado, además, 240 especies de invertebrados de las cuáles 110 son insectos acuáticos con un género nuevo para la ciencia

CONSIDERANDO que la Cuenca del Caura posee una de las más grandes extensiones neotropicales de bosques ribereños, los cuales regulan las características físicas y químicas de los ecosistemas acuáticos adyacentes y del ciclo hidrológico regional.

CONSIDERANDO que las poblaciones indígenas tradicionales de la cuenca, Ye'kwana, Sanema y Hoti dependen directamente para su supervivencia de los recursos naturales (agua, plantas, fauna) que ella posee utilizando el 70% de la plantas de la región.

CONSIDERANDO que las poblaciones no indígenas (criollas) del bajo Caura y otras poblaciones indígenas recién migradas a la zona (Hiwi, Piapoco y Pemón) beben el agua del Caura y dependen de los recursos naturales (caza y pesca) para su alimentación y sustento.

CONSIDERANDO que la minería es una actividad altamente depredadora, que promueve la violencia contra el ambiente y entre las personas, que genera desarraigo, desapego a la convivencia, ilegalidad e injusticias.

CONSIDERANDO que la minería dispersa en grandes áreas mercurio elemental el cual posteriormente se transforma en compuestos tóxicos como el metilmercurio; destruye los suelos; aumenta la carga sedimentaria (minería de oro aluvional) en los ríos con la consecuente alteración de su dinámica hidráulica y de los hábitat y biota ribereña existente; deforesta el bosque ribereño con la consecuente desaparición y extinción local de las especies; contamina los peces con mercurio y por ende a las poblaciones humanas que los consumen; disminuye el recurso pesquero que es la principal fuente de sustento de las poblaciones del área; sobreexplota los recursos naturales por el aumento súbito de la población en la región; promueve un aumento de la incidencia y prevalencia de enfermedades emergentes y endémicas además de las enfermedades producidas por la contaminación mercurial como hidrargirismo y el Mal de Minamata.

CONSIDERANDO que esta primera incursión masiva e ilegal de minería no tiene precedentes de explotación tradicional minera en la cuenca del Caura.

CONSIDERANDO que sobre la cuenca del Caura recaen cinco figuras de protección del ambiente, consideradas áreas bajo régimen de administración especial (ABRAE).

CONSIDERANDO que las poblaciones criollas del bajo Caura desarrollaron en el pasado actividades económicas sustentables exitosas basadas en el aprovechamiento de recursos no maderables (extracción de sarrapia).

CONSIDERANDO que la Organización Indígena de la Cuenca del Caura "Kuyujani" en convenio con la Universidad Nacional Experimental de Guayana ha venido realizando durante ya casi una década proyectos conjuntos para la demarcación de hábitat, planes de manejo y capacitación en materia socio-ambiental.

CONSIDERANDO que la Cuenca del Río Caura ha enfrentado recientemente una invasión en el área protegida de mineros ilegales, entre Brasileños, Colombianos, Guyaneses y Venezolanos, y

CONSIDERANDO que los investigadores de los Centros de Investigaciones Ecológicas y Antropológicas de la Universidad Nacional Experimental de Guayana (UNEG) de la Universidad de Oriente - Núcleo Bolívar, de la Universidad Experimental Politécnica Antonio José de Sucre (UNEXPO)-Guayana y de la Fundación La Salle de Ciencias Naturales-Guayana y Caracas han planteado repetidamente su preocupación por todas aquellas actividades que deterioren de manera irreversible las áreas naturales de la cuenca; y porque no existen medidas de descontaminación y reconstrucción de hábitat económicamente viables; y apoyo tanto a los pueblos Ye'kwana, Sanema y Hoti, cuya integridad cultural y socioambiental se ve gravemente amenazada por la actividad minera, para que continúen siendo garantes de la responsabilidad ambiental y el desarrollo sustentable en la Cuenca del alto Caura, así como a todos aquellos ciudadanos venezolanos, habitantes de toda la Cuenca y que promueven en ella el desarrollo ecológicamente responsable, socialmente pertinente y económicamente eficiente.

POR CONSIGUIENTE, la Asociación de Biología y Conservación Tropical ATBC DECLARA

"SOLICITAR al Gobierno de Venezuela a tomar medidas inmediatas para sostener el estado legal de estas Áreas Naturales vitales y el respeto de los derechos humanos de todos los actores de la cuenca; y

"SOLICITAR al Gobierno de Venezuela que cesen las amenazas de muerte y intimidación contra indígenas y ambientalistas por parte de un sector violento de los mineros; y

"RECOMENDAR al Gobierno de Venezuela que declare la protección absoluta de la cuenca del Caura; y

"SOLICITAR al Gobierno de Venezuela el reconocimiento oficial de los derechos indígenas de Cuenca del Río Caura sobre sus hábitat a fin de reforzar su rol en la conservación y enriquecimiento del ambiente que existente desde hace mucho tiempo; y

"RECOMENDAR al Gobierno de Venezuela el desarrollo de proyectos, de dimensiones razonables y económicamente sostenibles, para asistir a las comunidades indígenas con el apoyo de los ONG's, institutos de investigación y universidades; y

"SOLICITAR al Gobierno de Venezuela el resguardo y vigilancia de la cuenca a fin de garantizar su conservación y protección contra minería de oro ilegal incontrolado a beneficio de las comunidades locales, nacionales, regionales, y globales.

Para contacto de información adicional:

Dr. Judith Rosales
Ecóloga (Ecología y Etnobotánica de bosques ribereños)
Universidad Nacional Experimental de Guayana
Venezuela
jrosales@uneg.edu.ve

Dr. David Hammond
NWFS Consultancy
Portland, Oregon, USA
Phone: +1 (503) 348-9135 and +1 (503) 690-8048
Email: dhammond@nwfs.biz

Dr. William Laurance
President of the Association for Tropical Biology and Conservation
Smithsonian Tropical Research Institute
Balboa, Panama
Email: laurancew@si.edu
Phone: +507-314-9206 and +507-212-8252
 

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